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Problemas de comprar un vehículo y ponerlo a nombre de otra persona en Burgos

Los motivos por los que generalmente se procede a comprar un coche a nombre de otro, suelen ser porque se quiere regalar el vehículo, o porque a la pareja no le conceden financiación para la compra del coche y el préstamo es solicitado por el otro miembro de la pareja, o en supuestos de existencia de embargos, por lo que se procede a comprar el coche y ponerlo a nombre de otro que no tenga deudas.  En este artículo voy a explicar los distintos problemas de comprar un vehículo y ponerlo a nombre de otra persona en Burgos.

¿Puedo comprar un coche a nombre de mi hijo?

La respuesta es sí. No obstante, hemos de tener en cuenta que si se compra un coche y se pone a nombre de un tercero, este acto se considera una donación, por lo que habrá que pagar el impuesto de donaciones. Además si el coche se compra a un familiar que posteriormente va a ser considerado heredero, esto puede afectar a la legítima, por lo que a la hora de efectuar la donación hay que establecer si la misma se realiza con cargo a la misma, o si por el contrario se realiza conforme al porcentaje de la herencia que se puede disponer libremente.

Respecto al pago de la donación, la cuantía dependerá de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos, y de la persona a la que se realiza, pues el coste de la misma no será igual si la donación se realiza a favor de un hijo que si se realiza a favor de unacompra tercera persona que no sea familiar.

El problema que puede surgir en este tipo de compras a favor de terceros, es que muchas personas no efectuarán el pago del impuesto de donaciones, por lo que si hacienda lo descubre puede imponer una sanción, además de la obligación de liquidar el mencionado impuesto.

Compra de vehículo a nombre de otra persona para evitar un embargo

Esta práctica es habitual en supuestos de autónomos o empresarios que han adquirido grandes deudas y que deciden comprar un vehículo y ponerlo a nombre de un tercero para evitar que se lo embarguen, lo cual puede constituir un delito de alzamiento de bienes, contemplado en el artículo 257 del Código Penal y que conlleva penas de prisión de uno a cuatro años y multa de 12 a 24 meses.

Problemas comunes de solicitud de un préstamo de financiación y poner el coche a nombre de otra persona

Este hecho es muy común dentro de las relaciones afectivas, teniendo distintos efectos si la compra del vehículo se produce dentro del ámbito matrimonial o si es en una pareja no casada. Cuando se compra un coche a nombre de otra persona, la propiedad del vehículo será de la persona que aparece como titular, siendo irrelevante quien y como se ha pagado.

Cuando la compra del vehículo se realiza dentro de un matrimonio, si rige la sociedad de gananciales, se entiende que el vehículo será de ambos cónyuges, mientras que si existe un régimen económico de separación de bienes, el vehículo será propiedad de la persona que aparezca como titular del mismo, al igual que ocurre en las parejas no casadas.

El problema surge si la relación sentimental se ve deteriorada y la pareja rompe, ya que en estos casos, es frecuente que la persona que ha pagado el vehículo quiera o bien recuperar su dinero, o bien que el vehículo pase a formar parte de su propiedad, lo cual origina grandes conflictos, ya que no es poco frecuente que el propietario del vehículo se niegue tanto a devolver el dinero como a entregar el vehículo.

En estos casos la parte que pagó el vehículo tiene derecho a recuperar su dinero, pero no a adquirir la propi
edad del vehículo
. Aquí el problema surgirá a la hora de la prueba, ya que si el dinero se ha abonado en efectivo, va a ser difícil acreditar que quien realizó el pago no es el propietario del vehículo.

Supuesto práctico de carácter ficticio sobre como proceder para recuperar el dinero de la compra de un vehículo a nombre de otro en Burgos

Alba S.E. decidió solicitar financiación para que su novio Alberto M.P., con quien convivía desde hacía 5 años, pudiera adquirir un vehículo con el que poder trabajar, ya que la entidad financiera no le concedía el préstamo debido a que tan solo disponía de un contrato de trabajo de 3 meses.

La entidad financiera concedió un préstamo al consumo a Alba S.E. por cual tenía que abonar la cantidad de 300 € mensuales durante 36 meses, momento en el que quedaría totalmente satisfecha la deuda. Estos pagos los fue realizando Alba S.E. de forma puntual, no devolviéndole el dinero Alberto M.P. debido a que su situación económica seguía siendo precaria, pues únicamente conseguía trabajos temporales, lo cual no importó a Alba S.E. ya que su situación económica era bastante cómoda.

Seis años más tarde de adquirir el vehículo, con el préstamo ya cumplido en su totalidad, Alba S.E. y Alberto M.P. tras varios meses de discusiones, rompieron su relación, reclamando Alba S.E. a Alberto M.P. el vehículo, ya que a pesar de que estaba a su nombre, quien lo había pagado era ella, hecho al que se opuso Alberto M.P.

Ante la negativa de Alberto M.P., Alba S.E. se puso en contacto con un abogado de reclamación de deudas, quien le explicó que la forma correcta de proceder era reclamar el dinero, consejo que siguió por lo que se interpuso una demanda de reclamación de cantidad ante el Juzgado de Primera Instancia de Burgos.

Tras la celebración del juicio, el juez estimó las pretensiones de Alba S.E., considerando que no se había realizado una donación del vehículo, por lo que en caso de que Alberto M.P. no devolviera el dinero se estaría produciendo un enriquecimiento injusto, razón por la que le condenó a abonar los 10.800 € que había costado el coche.

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