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DIVORCIO

Trámites de divorcio ante notario en Burgos

Desde hace unos años, se introdujo una reforma del Ordenamiento Jurídico español, en la que se permitió tramitar determinados tipos de divorcio ante notario, quitando la exclusividad de los juzgados en éste ámbito. Los trámites de divorcio ante notario deben realizarse siempre contando con la asistencia de un abogado de divorcios.

Requisitos y trámites de divorcio ante notario.

Los requisitos son básicamente estar casado durante al menos tres meses, que exista acuerdo entre los cónyuges,  y que no tengan hijos menores de edad o mayores de edad con capacidad judicialmente modificada (antiguamente denominados incapaces).

El motivo por el que no puede haber hijos menores de edad, o mayores de edad con capacidad judicialmente modificada,  es que en estos casos, prima el interés de los mismos, por lo que tiene que haber un control para evitar que se les cause algún perjuicio, interviniendo tanto el Ministerio Fiscal como el juez.

La competencia territorial del divorcio notarial corresponderá al notario que tenga su despacho abierto en el último domicilio común de los cónyuges,  o en su defecto, en el domicilio de alguno de los cónyuges, en caso de que estos ya no residan juntos, tal y como establece el artículo 54 de la Ley del Notariado.

Respecto al trámite de divorcio ante notario, el mismo consistirá en la redacción del convenio regulador de divorcio ante notario, firma del mismo por los cónyuges, ratificación ante el notario, elevación de escritura pública y comunicación al Registro Civil de la celebración del divorcio.

Contenido del convenio regulador de divorcio

El convenio regulador, será redactado por regla general por el abogado que contraten los cónyuges. En el mismo, habrá que especificar en que fecha se celebró el matrimonio, acreditando de esta forma que se cumple con el requisito de llevar al menos tres meses casados.

Tipos de divorcio

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También se recogerán los bienes que forman parte de la sociedad de gananciales, la forma en que van a repartirse, y como se va a proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales. Igualmente, se señalará si se va a establecer algún tipo de pensión compensatoria.

¿Es posible tramitar una separación a través de un notario?

La respuesta es sí. Los notarios pueden tramitar tanto divorcios de mutuo acuerdo sin hijos menores de edad, o mayores de edad con capacidad judicialmente modificada como separaciones de derecho. El procedimiento será el mismo que para el divorcio notarial.

Modelo de Convenio Regulador

A continuación voy a redactar un convenio regulador de forma muy genérica, para que se pueda observar el contenido mínimo que todo Convenio Regulador de Divorcio debe recoger, no obstante, no hay dos divorcios iguales , por lo que habrá que modificarse para cada situación en concreto.

 

En Burgos a 11 de junio de 2018

 

De una parte Dña. XXXXX, mayor de edad y con domicilio en Burgos en Calle xxxxxx

Y de otra parte D. XXXX, mayor de edad con domcilio en Burgos en Calle xxxxxx

 

Intervienen ambos en su propio nombre y derecho, manifestando que ambos poseen capacidad legal suficiente para obligarse y en especial para otorgar el presente Convenio Regulador, y a tal fin

 

EXPONEN

PRIMERO.- Que en 20 de noviembre de 2016 D. XXX y Dña. XXX contrajeron matrimonio civil en la ciudad de Burgos.

SEGUNDO.- Que ni con anterioridad al matrimonio, ni constante el mismo los cónyuges han tenido descendencia.

TERCERO.- El domicilio familiar se encuentra sito en Burgos en Calle XXXXX

CUARTO.- El régimen económico de la sociedad ha sido el de gananciales

QUINTO.- Que ambos cónyuges están interesados en divorciarse notarialmente, por lo que de conformidad con los artículos 82 y 87 del Código Civil ambos cónyuges solicitan el divorcio notarial y a tal fin

ACUERDAN

I.- Del domicilio. Ambos cónyuges acuerdan y consienten que desde la fecha del presente convenio regulador cada uno de ellos residirán en distintos domicilios y vivirán separados, renunciando a intervenir en la vida y actividades del otro.

II.- Atribución del uso de la vivienda familiar y de su ajuar. Puesto que el domicilio familiar correspondía a una vivienda propiedad privativa de xxxx se atribuye el uso y disfrute de la misma a su propietario.

III.- De las medidas respecto de los hijos. Puesto que los cónyuges no han tenido hijos, no procede hacer mención alguna a este respecto.

IV.- Pensiones a satisfacer entre los cónyuges. Ambos cónyuges acuerdan que ninguno de ellos deberá abonar pensión compensatoria alguna, puesto que la capacidad económica de los mismos no se ve alterada tras la celebración del divorcio.

V.- Disolución y liquidación del régimen económico matrimonial. El régimen económico vigente constante el matrimonio ha sido el correspondiente a las normas de la sociedad de gananciales. A fecha del presente convenio regulador, ya han sido repartidos los bienes entre los cónyuges, acordando en este momento la liquidación de la sociedad de gananciales.

VI- Vigencia del Convenio Regulador.

El convenio regulador entrará en vigor en la fecha del encabezamiento del presente convenio regulador.

Quedando conforme con el contenido del presente convenio regulador, ambos cónyuges lo firman y ratifican en el lugar y fecha del encabezamiento indicado.

¿Qué es mejor, el divorcio notarial o el judicial?

Ambos procedimientos de divorcio son correctos, teniendo cada uno de ellos una serie de ventajas. Así, el divorcio notarial tiene la ventaja de ser mucho más rápido que el divorcio tramitado ante los juzgados de familia.

Respecto al divorcio judicial, la principal ventaja es que si la sociedad de gananciales hay bienes de gran valor (como puede ser una vivienda), resultará mucho más económico, ya que tan solo habrá que abonar los costes de abogado y procurador, y no los de la notaria, cuyos aranceles van en proporción al valor de la sociedad de gananciales.

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