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¿Cómo se reparten las vacaciones de los hijos de padres divorciados en Burgos?

A la hora de tramitar un divorcio, los aspectos más conflictivos y en los que más detenimiento existe, suele ser la fijación de la guarda y custodia de los hijos menores, así como el pago de la pensión de alimentos. Estos aspectos son importantes, pero no hay que descuidar la regulación del disfrute de vacaciones con los hijos, pues son aspectos que pueden generar muchos conflictos. En este artículo, voy a tratar de explicar algunos consejos sobre el reparto de vacaciones de los hijos de padres divorciados. 

¿Cómo se reparten las vacaciones en un divorcio? 

Cuando en un divorcio se atribuye la guarda y custodia a un solo progenitor, normalmente, en el convenio regulador se otorga el derecho del otro progenitor a estar en compañía de sus hijos los fines de semana alternos y las vacaciones por mitades.  En el caso de que se acuerde la custodia compartida, el disfrute de vacaciones será también por mitades.

A la hora de fijar el reparto de vacaciones de los hijos de padres divorciados, se tienen en cuenta las vacaciones de pensión de alimentoslos hijos, no la de los padres. Esto puede generar algunos problemas, ya que las vacaciones de los hijos serán muy superiores a las de sus progenitores. 

En cuanto al reparto, generalmente se realizará por mitades, interrumpiéndose el régimen de visitas durante las vacaciones. Es decir, los hijos pasarán la mitad de las vacaciones de navidad con su padre o madre y la otra mitad con su otro padre o madre. Igualmente se repartirán las vacaciones de semana santa como las vacaciones de verano. 

Reparto de vacaciones en Navidad y Semana Santa 

Tal y como he mencionado anteriormente, el reparto como regla general se realizará por mitades. En cuanto a las vacaciones de navidad, si los padres no han alcanzado un acuerdo, mi recomendación como abogado de divorcios es dividirlas de la siguiente forma:  

  • El primer periodo comenzará el día del inicio de las vacaciones, y finalizará el 29 o 30 de diciembre.  
  • El segundo periodo comenzará el día 29 o 30 de diciembre y finalizará el día de inicio de las clases. 
  • En estos periodos, suelo recomendar que el padre o madre que no esté la nochebuena con sus hijos, pueda comer con ellos el día de navidad, e igualmente que la madre o el padre que no esté con sus hijos el día de nochevieja, pueda comer con ellos el día de año nuevo, así existe un mayor contacto en estas fechas especiales. 

En cuanto al disfrute de las vacaciones de Semana Santa, puesto que las mismas no son en fechas fijas, y varían cada año, en el convenio regulador se suele especificar únicamente el reparto por mitades. 

Respecto a la elección del periodo vacacional a elegir, como abogado de divorcios, suelo recomendar recurrir en primer lugar al acuerdo, y cuando este no sea posible, que los años pares elija uno de los progenitores el periodo que le resulte más conveniente, y los años impares elija el otro progenitor.  

Reparto de vacaciones de verano 

A la hora de fijar en el convenio regulador las vacaciones de verano, existen distintas alternativas. Una primera alternativa es establecer dos periodos, un primer periodo desde el inicio de las vacaciones hasta el 31 de julio o 1 de agosto, y un segundo periodo desde el 31 de julio o 1 de agosto hasta el inicio de las clases. 

Una segunda alternativa, es dividir las vacaciones en 4 periodos, desde el inicio de vacaciones hasta el 15 de julio, un segundo periodo desde el 15 de julio hasta el 1 de agosto, un tercer periodo desde el 1 de agosto hasta el 15 de agosto y un cuarto periodo desde el 15 de agosto hasta el inicio de las vacaciones. 

Como tercera alternativa, podemos dividir las vacaciones por semanas. Esta tercera opción puede resultar un poco liosa y puede tener el inconveniente de que se impida la realización de viajes superiores a 7 días. Como ventaja, es que permite una mayor flexibilidad respecto de las vacaciones de los progenitores. Además, permite salvar algunos problemas como son los supuestos en que los hijos acudan a campamentos de verano, pudiendo detraer estos días de los periodos vacacionales que correspondan a cada padre o madre. 

¿Qué obligaciones tienen los padres durante las vacaciones de sus hijos? 

En los convenios reguladores recomiendo establecer siempre la obligación de los progenitores de informar al otro del lugar en el que van a disfrutar de las vacaciones (ciudad, hotel, número de teléfono, etc.).  Además, en caso de que se quiera viajar al extranjero, habrá de contar con el consentimiento del otro progenitor. Para ello hay que rellenar un formulario que se puede obtener en el siguiente enlace y sellarlo en una comisaría. 

También resulta recomendable establecer la obligación de facilitar el contacto telefónico de los hijos con el otro progenitor, ya que durante las vacaciones en función del modelo que elijan, los hijos pueden estar más de un mes sin ver a uno de sus padres.

Supuesto práctico sobre el reparto de vacaciones de los hijos de padres divorciados 

Ignacio S.O. y Elvira I.G., tras ocho años de matrimonio, decidieron divorciarse, estando ambos conformes con que la guarda y custodia de su hija Fátima S.I. sería compartida, pero no consiguiendo alcanzar un acuerdo respecto al reparto de vacaciones, por lo que decidieron acudir a un abogado de divorcios para que les asesorase en la materia.  

El principal problema que tenían, era que pensaban que había que fijar en el convenio regulador de forma definitiva como iba a ser el disfrute de las vacaciones, informándoles su abogado de que en el convenio regulador se puede fijar un régimen abierto a modificaciones, y siendo posible alcanzar acuerdos distintos a los señalado en el propio convenio regulador. 

Así, finalmente, acordaron que las vacaciones de navidad se repartirían conforme a los turnos de trabajo de Elvira I.G., y en caso de que no existiera acuerdo, las vacaciones se dividirían en dos periodos, iniciándose el mismo el primer día de vacaciones y finalizando el 30 de diciembre a las 12:00 horas, y comenzando el segundo periodo el 30 de diciembre a las 12:00 horas y finalizando el día del inicio de las clases. 

Respecto de las vacaciones de Semana Santa, acordaron dividirlas por mitades, acordando que si el número de días de vacaciones era par, el periodo finalizaría el último día del primer periodo a las 20:00 horas, y si era impar, finalizaría a las 14:00 horas del inicio del segundo periodo. 

Finalmente, acordaron que las vacaciones de verano se repartirían en función de las exigencias que pusieran en las empresas de cada uno de los progenitores, y en caso de que no hubiera acuerdo, se repartirían por semanas. 

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