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¿Cómo modificar la pensión de alimentos en Burgos?

Como regla general, la pensión de alimentos va a tener que abonarse durante un largo periodo de años, ya que como es sabido, la misma no tiene porque extinguirse cuando los hijos menores de edad cumplen los 18 años. Debido a ésta larga duración, es común que a lo largo de los años sea necesario introducir modificaciones en la pensión alimenticia. En este artículo, voy a tratar de explicar cómo proceder a la hora de modificar la pensión de alimentos en Burgos.

Requisitos para la modificación de medidas de pensión de alimentos.

Para modificar la pensión de alimentos fijada en la sentencia de divorcio, es necesario que las circunstancias que se tuvieron en cuenta durante el juicio de divorcio se hayan visto sustancialmente alteradas. Así por ejemplo, se entenderá una modificación sustancial, el hecho de que el progenitor obligado al pago, obtenga un nuevo trabajo con una mayor remuneración (motivo para aumentar la pensión de alimentos) o que por el contrario, haya sido despedido (motivo para reducir la pensión de alimentos).

Otra alteración sustancial de las circunstancias que pueden dar lugar a una modificación de la pensión alimenticia, es si se vuelve a casar uno de los progenitores, ya sea el obligado al pago de la pensión de alimentos o quien la percibe, pues es indudable que la situación económica se altera sustancialmente.

Por otra parte, no se tendrá en cuenta los aumentos de sueldo ligados al IPC. Esto puede parecer una cantidad irrisoria, pero tras 15 años este aumento de sueldo puede incrementarse de forma sustancial, no obstante, no se tendrá en cuenta, ya que este incremento lo sufrirá tanto el sueldo del obligado al pago como la propia pensión de alimentos.

Pago de pensión de alimentos sin trabajo.

Es muy común la pregunta de si tengo que pagar pensión de alimentos si me he quedado sin trabajo. La respuesta es sí, por lo general. Reclamación de una facturaNo obstante, sí que existe jurisprudencia que ha suspendido temporalmente la obligación del pago de pensión de alimentos cuando el obligado al pago ha ingresado en prisión.

Por otra parte, es sabido que el impago de pensión de alimentos puede resultar un hecho delictivo.  En los supuestos en los que el progenitor obligado al pago no disponga de ingresos, no existirá responsabilidad penal.

¿Si mi hijo trabaja, corresponde pensión alimenticia?

Depende del tipo de trabajo que esté realizando. La pensión de alimentos ha de abonarse mientras los hijos no sean independientes económicamente, o dispongan de los medios suficientes para ser económicamente independientes. Por lo tanto, si un hijo está estudiando por ejemplo una carrera, y durante los meses de verano trabaja, si que corresponderán el abono de la pensión de alimentos.

Por otra parte, cuando los hijos trabajan, si pueden darse las causas necesarias para interponer una demanda para modificar la pensión de alimentos y que la misma se vea reducida, siempre y cuando estos trabajos los realice con alguna frecuencia como por ejemplo trabajos de fin de semana.

Procedimiento para modificar la pensión de alimentos

El procedimiento se inicia mediante la interposición de una demanda ante el Juzgado de Familia. Tras la interposición, se da traslado al otro progenitor para que conteste a la demanda, o en su caso, muestre su conformidad. En caso de que no existe conformidad, se celebrará un juicio en el que también intervendrá el Ministerio Fiscal, siempre y cuando, la pensión de alimentos sea en beneficio de hijos menores de edad.

Supuesto práctico de carácter ficticio sobre como modificar la pensión de alimentos en Burgos

Manuel A.P. y Laura Y.S. contrajeron matrimonio en el año 2010, teniendo un hijo ese mismo año llamado Carlos A.Y. y tres años más tarde, una hija llamada Sara A.Y.  Posteriormente, en el año 2014, decidieron divorciarse, acordando que la guarda y custodia de los hijos la ostentaría Laura Y.S. debiendo abonar Manuel A.P. una pensión de alimentos de 400 € por cada uno de los hijos.

En el año 2018, el negocio de Manuel A.P. entró en crisis, por lo que sus ingresos se vieron fuertemente disminuidos, razón por la que se puso en contacto con un abogado de divorcios para que iniciara un procedimiento de modificación de pensión de alimentos.

Tras la reunión que mantuvo con su abogado, este le informo de la existencia de un serio problema. Cuando Manuel A.P. se divorció, sus ingresos anuales eran de unos 50.000 €, no obstante, solo declaraba 30.000 €, cuantía similar a la que ingresaba en estos momentos. Esto suponía que a ojos del juez, la situación económica de Manuel A.P. era exactamente la misma, razón por la que no iba a aceptar una disminución de la pensión de alimentos.

Puesto que previsiblemente la demanda no iba a prosperar, el abogado de Manuel A.P. envió una carta a Laura Y.S. informándole de la nueva situación económica de su exmarido, comunicándole el deseo de este de reducir la cuantía de la pensión de alimentos debido a la imposibilidad de poder abonar todos los meses un total de 800 €.

Puesto que Laura Y.S. no contestó a la carta, el abogado de Manuel A.P. se puso a investigar otras opciones para rebajar la cuantía de la pensión de alimentos, pudiendo comprobar a través de la red social linkedin, que Laura Y.S. había cambiado de trabajo, desconociendo la nueva remuneración, pero siendo esta previsiblemente superior a la de su antiguo trabajo, razón por la que interpuso una demanda de modificación de medidas.

Tras la celebración del juicio, se demostró que los ingresos de Laura Y.S. habían aumentado de forma considerable, pero no se pudo acreditar que los ingresos de Manuel A.P. eran inferiores, razón por la que se rebajó la pensión de alimentos en la cuantía de 50 € por cada uno de los hijos, es decir, a un total de 350 € por cada uno de los hijos.

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