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citación policial

¿Qué es y qué consecuencias tiene una denuncia falsa en Burgos? 

 

En los últimos tiempos están creciendo de forma considerable las condenas por denuncia falsa. Gran parte de estas denuncias vienen originadas por las pérdidas de teléfonos móviles, cuyos seguros solo cubren los robos y no los hurtos. Esta situación, provoca que algunas personas finjan haber sufrido un robo para poder cobrar del seguro, sin saber que las sanciones por una denuncia falsa pueden ser mucho mayores que el coste del propio teléfono móvil. 

Denuncia falsa, requisitos 

El primer requisito, consiste en denunciar unos hechos que son falsos, esto resulta evidente. En este punto, es importante recordar que el hecho de que una persona que ha sido denunciada resulte absuelta, no significa que estemos ante una denuncia falsa, pues son muchos los casos que las absoluciones se producen por falta de pruebas. 

El segundo requisito, es que los hechos denunciados de ser ciertos, resultarían delictivos. 

El tercer requisito que debe cumplirse es que dicha denuncia debe formularse ante un funcionario que tenga obligación de perseguir el delito (juzgados, policía, guardia civil, etc.). 

Por otra parte, también resultará delictivo fingir ser autor o víctima de un delito y como consecuencia de la denuncia se inicien acciones judiciales. Esto se considera una simulación de delito 

Denuncia falsa, consecuencias: 

Las consecuencias de una denuncia falsa, dependerán de la gravedad de los hechos denunciados y de si van dirigidas o no a una persona en concreto.  Las penas se encuentran reguladas en los artículos 456 y 457 del Código Penal

Si se acusa a una persona en concreto de la comisión de un delito grave (como puede ser una agresión sexual), la pena puede ser de entre seis meses y dos años de prisión y multa de entre doce y veinticuatro meses. 

En caso de que los hechos denunciados sean constitutivos de un delito considerado como menos grave, la pena será de multa de doce a veinticuatro meses, siempre y cuando la acusación vaya dirigida a una persona en concreto. Ejemplo una denuncia falsa por agresióncitación policial cuya víctima requiera de asistencia sanitaria. 

Si se acusa falsamente a una persona en concreto de un delito leve, como por ejemplo, una denuncia falsa por amenazas leves, la pena correspondiente será de multa de tres a seis meses. 

En el caso de que nos encontramos ante el supuesto de simulación de delito, la pena será de multa de seis a doce meses, siempre y cuando se hayan iniciado actuaciones judiciales. 

Si se es autor de uno de estos delitos, y se reconoce desde el primer momento, cabe la posibilidad de solicitar que se tramite el procedimiento como Juicio Rápido, y llegar a un acuerdo con el Ministerio Fiscal reduciendo la condena en un tercio. 

¿Cómo proceder si se es víctima de una denuncia falsa? 

El procedimiento por denuncia falsa no se puede iniciar hasta que no exista una sentencia absolutoria, o en su caso, un archivo del procedimiento. Una vez obtenido una de esas dos resoluciones, se puede proceder bien mediante la interposición de una denuncia, o mediante la presentación de una querella. 

El problema en estos casos, es que en la mayoría de las resoluciones judiciales no se establece que la denuncia sea falsa, sino que se limitan a señalar que los hechos denunciados no han quedado acreditados. Esto dificulta mucho que prosperen los procedimientos por denuncia falsa. 

Hay que recordar que en España, solo se puede condenar cuando se prueba la comisión del delito. Por lo tanto, las denuncias por denuncias falsas han de ir muy bien fundamentadas y acompañadas de una buena carga probatoria (testigos, grabaciones, etc.), pues en caso contrario, difícilmente podamos conseguir una sentencia que estime nuestras pretensiones. 

Supuesto práctico de carácter ficticio 

Daniel G.L. salió a tomar un café con unos amigos en una terraza de un bar de Burgos. Al llegar a casa, se dio cuenta de que se había dejado el móvil en la terraza, por lo que acudió corriendo al bar. Al ver que el móvil no estaba en la mesa, preguntó a los camareros si alguien les había dejado un móvil, obteniendo una respuesta negativa. 

Puesto que el móvil estaba asegurado únicamente contra robos, y no contra hurtos o pérdida de móvil, acudió a comisaría denunciando que una persona le había sacado una navaja y le había robado el móvil. Tras interponer la denuncia dio parte al seguro, solicitando que le dieran un móvil similar, tal y como venía establecido en su póliza de seguro. 

A los cuatro días, Daniel G.L. recibió una llamada de la Policía Nacional para que acudiera a realizar una serie de aclaraciones respecto del robo del móvil. Tras varias preguntas, Daniel G.L. cometió varias contradicciones, lo que hizo sospechar a la policía, quienes presionaron a Daniel G.L. hasta que terminó confesando. 

Tras la confesión, la policía procedió a detenerle, llamando Daniel G.L. a un abogado penalista que conocía para que le asistiera en comisara. Una vez acudió el abogado, recomendó a Daniel G.L. que no declarase, pues era mejor esperar a declarar en el juzgado con una estrategia más definida, quedando en libertad en ese mismo momento. 

Tres meses más tarde, Daniel G.L. recibió una citación judicial en la que le requerían para que acudiera al juzgado a declarar asistido de un abogado penalista. El día citado, Daniel G.L. acudió al juzgado a declarar junto con su abogado, reconociendo los hechos, puesto que difícilmente podía obtner una sentencia absolutoria, ya que había confesado en comisaría. 

Tras reconocer los hechos, su abogado solicitó que se tramitase el procedimiento como juicio rápido, permitiendo de esta forma reducir la sanción en un tercio. Finalmente se condenó a Daniel G.L. al pago de una multa de 4 meses (en lugar del mínimo de 6 meses) a razón de 6 euros al día, lo cual ascendió a la cantidad de 720 euros. 

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